• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 119/2021
  • Fecha: 23/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el caso, el debate litigioso consistió en determinar si la pérdida de agudeza visual de la demandante justificaba que se le declarase afecta de gran invalidez, cuestión a la que la Sala de suplicación dio una respuesta negativa. Interpuesto recurso de casación para la unificación de doctrina, el TS inadmite el recurso al incumplir de manera palmaria los requisitos formales exigidos en el art. 224.1 LRJS. En efecto, el escrito de interposición no contiene una relación precisa y circunstanciada de la contradicción alegada. La parte recurrente se limita a hacer una referencia genérica a la existencia de contradicción y reproduce literalmente parte de los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida y de las sentencias de contraste, pero sin efectuar la preceptiva comparación entre los hechos de la sentencia recurrida y los declarados probados en la sentencia referencial. Además, el escrito de interposición del recurso tampoco contiene la preceptiva cita ni la fundamentación de la infracción legal. El recurso carece por completo de un apartado dedicado al examen del derecho aplicado y no existe mención clara e indubitada en relación al precepto o preceptos que el recurrente considera vulnerados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2716/2022
  • Fecha: 23/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El problema que se suscita en la sentencia anotada es el relativo a determinar si resulta procedente la condena al abono de las diferencias salariales reclamadas en procedimiento ordinario tras haber sido declarada por sentencia firme la cesión ilegal de la actora respecto de la Junta de Andalucía, cantidades que derivarían de las condiciones de trabajo que mantiene la cedente con el resto de su personal comparable, y que incluiría el abono de los meses de julio y agosto, cuestión a la que la Sala de suplicación había dado una respuesta positiva. Sin embargo, tal parecer no es compartido por el TS, porque en aplicación de la cosa juzgada positiva entiende que la naturaleza de la relación ya había quedado fijada en un procedimiento anterior en el que se declaró la cesión ilegal, siendo la jornada parcial e indefinida discontinua, excluyendo en el cómputo de cantidad los meses de julio y agosto, extremos en los que incidió el auto dictado en ejecución de sentencia. En consecuencia, se estima le excepción de cosa juzgada positiva opuesta por la Junta demandada, de tal suerte que la decisión que ha de adoptarse en el segundo proceso deviene supeditada al primigenio, que actúa como condicionante de carácter lógico o prejudicial y que, por lo tanto, limita las cantidades que ha de percibir la trabajadora hasta su incorporación como personal laboral, pues aquella fijó que la jornada era parcial y no se prestaron servicios en los meses de julio y agosto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4255/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción de nulidad de la cláusula que atribuía al prestatario todos los gastos. La sentencia de primera instancia estimó la demanda pero no impuso las costas y este pronunciamiento fue confirmado en apelación. Al oponerse al recurso de casación la recurrida solicitó su inadmisión, pero no concurren los óbices alegados porque la cuestión jurídica está perfectamente identificada, con cita de la norma infringida y de la doctrina vulnerada. Estimada la acción de nulidad por abusiva, aunque no se estimen en su totalidad las pretensiones de la demanda, procede imponer las costas al banco en aplicación de los principios de no vinculación y efectividad del Derecho UE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 5735/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de casación admisible: se identifican las normas sustantivas que se consideran infringidas, se razona de modo suficiente con cita de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de la Sala Primera del Tribual Supremo que permiten estimar concurrente el interés casacional. Reiteración de la doctrina contenida en las STS 35/2021, y STS de Pleno 418/2023 de 28 de marzo: los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la Unión Europea conducen a que, estimada la acción de nulidad por abusiva de alguna de las cláusulas, aunque no se estimen la totalidad de todas las cláusulas impugnadas en los términos inicialmente establecidos en la demanda, ni la totalidad de las pretensiones restitutorias, proceda la imposición de las costas de la primera instancia al banco demandado, conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020 (asuntos acumulados 224/19 y C-259/19).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 5855/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Allanamiento al recurso de casación: la entidad financiera recurrida no ha formulado un genuino allanamiento al recurso, ya que, tras la admisión del mismo, de manera principal, alegó la concurrencia de causas de inadmisión (la petición de allanamiento fue subsidiaria a la desestimación de la concurrencia de causas de inadmisión). Recurso de casación admisible: se identifican las normas sustantivas infringidas, se razona de modo suficiente y se citan sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo para acreditar el interés casacional. Reiteración de la doctrina contenida en las STS 35/2021, y STS de Pleno 418/2023 de 28 de marzo: los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la Unión Europea conducen a que, estimada la acción de nulidad por abusiva de alguna de las cláusulas, aunque no se estimen la totalidad de todas las cláusulas impugnadas en los términos inicialmente establecidos en la demanda, ni la totalidad de las pretensiones restitutorias, proceda la imposición de las costas de la primera instancia al banco demandado, conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020 (asuntos acumulados 224/19 y C-259/19).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 5898/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda en la que se dedujo, con carácter principal, una acción de nulidad por razón de usura del contrato de tarjeta de crédito suscrito entre las partes y, con carácter subsidiario, una acción de nulidad, por razón de abusividad, de la comisión por recibo impagado. La sentencia de primera instancia estimó la acción principal e impuso a la demandada el pago de las costas. La Audiencia Provincial desestimó la acción principal y estimó la subsidiaria, pero no hizo mención de las costas ambas instancias. Recurre en casación a demandante y la Sala estima el recurso. Las exigencias previstas en los arts. 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE y los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la Unión Europea, sin obstaculizar el derecho conferido por la Directiva 93/13 a los consumidores a un control judicial efectivo del carácter potencialmente abusivo de cláusulas contractuales, conducen a que estimada en este caso la acción de nulidad por abusiva de la cláusula sobre comisión por recibo impagado, proceda la imposición de las costas procesales de la primera instancia al banco demandado, de conformidad con la doctrina del TJUE y de la propia Sala primera, que establece que cuando se estiman peticiones alternativas o subsidiarias a una principal, como en el presente caso hizo la sentencia recurrida, se produce un acogimiento íntegro de la demanda, como criterio por el que se han de discernir las costas de primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 1908/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción de nulidad de cláusula multidivisa referenciada en yenes inserta en contrato de préstamo con garantía hipotecaria celebrado con un consumidor y, subsidiaría acción de incumplimiento contractual. Estimada la demanda en primera instancia, el banco demandado recurre en apelación y la Audiencia Provincial estimó en parte el recurso de apelación, condenando al banco demandado a restituir al demandante las cantidades indebidamente abonadas por razón de falta de transparencia y abusividad de la cláusula sobre opción multidivisa, y no realizó mención especial sobre las costas de ambas instancias. La Sala, con estimación del recurso de casación, reitera que las exigencias previstas en la Directiva 93/13/CEE y los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la UE conducen a que declarada la abusividad de la cláusula multidivisa, e intereses moratorios, aunque no se estimen la totalidad de todas las cláusulas impugnadas en los términos inicialmente establecidos en la demanda, o la totalidad de las pretensiones restitutorias, procede la imposición de las costas de la primera instancia al banco demandado, conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020, C-224/19 y C-259/19. Por ello, en el caso, la sentencia recurrida al declarar la abusividad de la cláusula y confirmar el reintegro de las cantidades indebidamente abonadas, debió de haber mantenido la imposición de las costas procesales de primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 5313/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda sobre declaración de nulidad de las cláusulas sobre gastos, comisión por posiciones deudoras e interés moratorio, entre otras cláusulas, contenidas en la escritura de formalización de contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre las partes. La sentencia de primera instancia estimó en parte la demanda y declaró la nulidad de la cláusula sobre gastos y no impuso las costas procesales de primera instancia. La Audiencia Provincial la confirmó. Recurren en casación los demandantes y la Sala estima el recurso. Como ya ha razonado la Sala en recursos anteriores similares al presente las exigencias previstas en los arts. 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE y los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la UE, tal y como han sido interpretados por la jurisprudencia conducen a que, estimada la acción de nulidad por abusiva de la cláusula de gastos, multidivisa, vencimiento anticipado, e intereses moratorios, aunque no se estime la nulidad de la totalidad de las cláusulas impugnadas en los términos inicialmente establecidos en la demanda, o la totalidad de las pretensiones restitutorias, procede la imposición de las costas de la primera instancia al banco demandado, conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020. La estimación de la casación determina la estimación de la apelación y la imposición de las costas procesales de la primera instancia al banco demandado, como solicitan los recurrentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4627/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción de nulidad parcial de préstamo multidivisa tanto por abusividad por falta de transparencia, como por error vicio en el consentimiento. La sentencia de primera instancia declaró la nulidad parcial por error vicio, y la de apelación confirmó dicha nulidad por falta de transparencia, a pesar de lo cual, estimó en parte el recurso del banco y no impuso las costas de la segunda instancia. La parte demandante recurrió por infracción procesal argumentando que no había habido una estimación parcial de las pretensiones materiales deducidas en el recurso de apelación del banco demandado, como sostuvo erróneamente la sentencia recurrida, sino que la sentencia de apelación confirmó íntegramente la de primera instancia que acogió las pretensiones de nulidad parcial del contrato sostenidas por la parte demandante; y, por tanto, que no procedía la exención de la imposición de las costas procesales de segunda instancia. Incongruencia interna. Como las dos acciones ejercitadas alternativamente en la demanda pedían la nulidad parcial, que fue lo que se estimó en las dos instancias, resulta contradictorio esto con decir que el recurso del banco se estima en parte para no imponerle las costas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 5328/2021
  • Fecha: 22/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Nulidad de cláusulas abusivas de gastos contenidas en préstamo hipotecario con consumidores. Costas procesales de primera instancia. La Sala reitera la doctrina sobre las exigencias previstas en los arts. 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE y los principios de no vinculación y de efectividad del Derecho de la UE, que determinan que estimada la acción de nulidad por abusiva de la cláusula suelo, gastos, multidivisa, vencimiento anticipado, o intereses moratorios, aunque no se estime la nulidad de la totalidad de las cláusulas impugnadas en los términos inicialmente establecidos en la demanda, o la totalidad de las pretensiones restitutorias, procede la imposición de las costas procesales de la primera instancia a la entidad bancaria demandada, conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020. En consecuencia, con estimación del recurso de casación, la Sala concluye que en el caso, dado que en la instancia se declaró la nulidad de la cláusula sobre gastos, procede estimar el recurso de casación, que conlleva la estimación del recurso de apelación, e imponer las costas procesales de la primera instancia al banco demandado.

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